DecretoDerogado
Decreto 389 de 1974
Por el cual se reglamenta parcialmente el Capítulo VIII de la Ley 135 de 1961, con las modificaciones que le introdujo la Ley 4ª de 1973, y se dicta el procedimiento para la adjudicación de baldíos
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01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1De La Ley 135 De 1961, El Instituto Colombiano De La Reforma Agraria, En Su Condición De Administrador A Nombre Del Estado, De Las Tierras Baldías De Propiedad Nacional, Adelantará Su Adjudicación Con Arreglo Al Procedimiento Que Se Establece En El Presente Decreto2De La Ley 4ª De 1973, El Instituto Colombiano De La Reforma Agraria Hará Levantar Por Medio De Funcionarios De Sus Dependencias Todos Los Informativos Necesarios Para La Adjudicación De Baldíos3Artículo 34Artículo 45Artículo 56Decreto 2703 De 19817Decreto 2703 De 19818Decreto 2703 De 19819Del Presente Decreto10Artículo 1011Artículo 1112Artículo 1213Decreto 2703 De 198114Artículo 1415Artículo 1516Artículo 1617Del Presente Decreto18Artículo 1819De La Ley 135 De 1981, El Ministerio Público Es Parte De Los Procedimientos Administrativos De Que Trata El Presente Decreto20Artículo 2021Artículo 2122Artículo 22
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