Micelio

Artículo 10

Decreto 389 de 1974 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Capítulo VIII de la Ley 135 de 1961, con las modificaciones que le introdujo la Ley 4ª de 1973, y se dicta el procedimiento para la adjudicación de baldíos

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo décimo. Oposición y trámite. Practicada la inspección ocular, se fijará el negocio en lista por diez (10) días en las oficinas de la Comisión. Desde la aceptación de la solicitud de adjudicación hasta el vencimiento del término a que se refiere el inciso anterior, quienes se crean con derecho podrán formular oposición a la adjudicación, acompañando al escrito respectivo la prueba en que funde su pretensión, producida con arreglo a las prescripciones del Código de Procedimiento Civil. Vencido este término, precluye la oportunidad para oponerse a la adjudicación dentro del procedimiento que el presente Decreto establece.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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