Artículo cuarto. Solicitud de adjudicación presentada por entidades de derecho público. Cuando una entidad de derecho público pretenda la adjudicación de un terreno baldío con destino a la prestación de un servicio público, su representante legal deberá formular por escrito la correspondiente solicitud ante el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, la cual deberá contener los siguientes datos
Nombre de la entidad y su representante legal.
Naturaleza y características del servicio público que se proyecte prestar.
Nombre del terreno y su ubicación con indicación de las respectivas entidades territoriales.
La afirmación de ser baldío y cabida aproximada.
Los colindantes del predio con relación, a los puntos cardinales.
A la solicitud de que trata el presente artículo deberán acompañarse los siguientes documentos
Los estudios de factibilidad sobre la naturaleza, objetivos y demás características del servicio público que se pretenda prestar y su duración;
Copia auténtica del acto que ordena la prestación del servicio público. El Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, antes de darle trámite a la solicitud, podrá exigir a la entidad interesada los demás datos que juzgue necesarios.