Decreto
Decreto 18510701 de 1851
En ejecucion de la lei reformatoria del sistema de aduanas.
23artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 12Artículo 23Artículo 34Artículo 45Artículo 56Artículo 67Artículo 78Artículo 89Artículo 910Artículo 1011Artículo 1159Del Decreto De 22 De Junio De 1847, Cuyos Plazos Empezarán A Contarse Desde El Dia En Que Termine El Exámen Del Cargamento, I Cancelará Los Otorgados En La Aduana12Artículo 1213Artículo 1314Artículo 1415Artículo 1555Del Decreto De 22 De Junio Citado28De La Lei De 14 De Junio De 1847, Se Entiende Únicamente Respecto Del Reconocimiento Que Practiquen Las Aduanas, Por Donde Se Hace La Introduccion, I No Del De Las Oficinas De Comercio16Artículo 1617Artículo 1718Artículo 1819Artículo 1920Artículo 20
03