Micelio

Artículo 14

Decreto 18510701 de 1851 · En ejecucion de la lei reformatoria del sistema de aduanas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los equipajes de los pasajeros serán reconocidos precisamente en la Aduana con preferencia a todo otro bulto.

Queda vijente la disposicion del artículo 55 del decreto de 22 de junio citado.

Parágrafo

La disposicion del mismo articulo 7.° de la lei de 4 de junio último no deroga sin embargo la esencion concedida en el inciso 25, artículo 55, de la lei de 14 de junio de 1847; en consecuencia, los efectos destinados para los ajentes diplomáticos no quedan sujetos a las formalidades prescritas por este decreto, i se dará al conductor una guia que esprese aquella circunstancia para que no sean detenidos en su marcha.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 18510701 de 1851