T-996 de 2012
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Alejandro Mena Mena·Demandado Tribunal Superior De Quibdo Sala Civil Familia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Requisitos de procedibilidad
- Improcedencia toda vez que el accionante aportó copia simple de un documento público
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Debido proceso, seguridad social, mínimo vital.
Tutela contra providencia judicial.
En este asunto se interpone la acción de tutela en contra de la autoridad judicial que al decidir en segunda instancia una demanda ejecutiva laboral iniciada por el actor, declaró probada la excepción de inexistencia del título ejecutivo y ordenó el levantamiento de las medidas cautelares decretadas dentro del mencionado proceso, bajo el argumento de que únicamente la primera copia de los actos administrativos presta mérito ejecutivo.
Esta decisión se adoptó a pesar de que el demandante allegó copia de tal acto administrativo autenticado por funcionario público. .
A juicio del accionante, la precitada decisión judicial incurrió en un defecto material o sustantivo.
La Sala reitera jurisprudencia relacionada con la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales y sobre el defecto fáctico configurado ante la omisión del juez de conocimiento de ordenar oficiosamente el decreto y práctica de las pruebas en los procedimientos ordinarios.
DENEGADA. <br> <br>
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida en primera instancia por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia el 8 de mayo de 2012, mediante la cual se nego el amparo solicitado.
- Segundo. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.