Micelio
Sentencia de Tutela13 de septiembre de 2001

T-981 de 2001

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Ligia Edilia Gomez Bedoya Vs. Direccion Seccional De Salud De Antioquia Y Otro·Demandado Sin Información

Tema · dato duro
Derecho A La Vida E Integridad Personal De Auxiliar De Enfermeria. Solicitud Traslado Del Sitio De Trabajo Por Amenazas. Proteccion A Las Victimas Del Conflicto Armado Interno. Autonomia Administrativa. Respuesta Efectiva. Desacato. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Traslado De Trabajadora
  • Protección de la vida por amenazas
Autoridades
  • Protección vida e integridad física de personas
Derecho A La Vida
  • Traslado de trabajadora
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. Revocar el fallo proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior de Antioquia de 8 de marzo de 2001, mediante el cual se confirmo la sentencia de primera instancia que nego el amparo solicitado por la actora.
  2. Segundo. Tutelar el derecho a la vida de la senora Ligia Edilia Quiroz Bedoya.
  3. Tercero. Ordenar a la Seccional de Salud del Departamento de Antioquia y al Hospital German Velez Gutierrez del municipio de Betulia que en el termino de quince (15) dias contados a partir de la fecha de notificacion de este fallo tomen una decision concreta que proteja efectivamente el derecho a la vida y a la integridad personal de la petente en el contexto de su trabajo como auxiliar de enfermeria. Para el efecto, podran solicitar la colaboracion de otros organismos departamentales y nacionales siempre y cuando se llegue a una determinacion cierta y efectiva para la cual las autoridades requeridas deberan prestar su colaboracion de manera prioritaria.
  4. Cuarto. Ordenar a la Seccional de Salud del Departamento de Antioquia y al Hospital German Velez Gutierrez del municipio de Betulia que en el termino de quince (15) dias contados a partir de la fecha de notificacion de este fallo, informen al juez de instancia acerca de la decision tomada y la manera de cumplirla prontamente, so pena de desacato. A dicho funcionario judicial le correspondera valorar la conducencia de la formula presentada y ordenar, de ser necesario, las precisiones que estime necesarias para proteger el bien juridico comprometido.
  5. Quinto. Librar, por medio de la Secretaria General, las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.