Micelio
Sentencia de Tutela31 de julio de 2000

T-979 de 2000

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Alexander Galvis Ceballos Y Otros Vs. Instituto Nacional Penitenciario Y Carcelario " Inpec" Centro Carcelario "bellavista".

Tema · dato duro
Reiteracion De Jurisprudencia. Derecho De Peticion. Solicitud Por Escrito De Beneficio Administrativo Permiso Especial De Salida Por 72 Horas A Internos. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho De Petición
  • Núcleo esencial
Acto Administrativo Discrecional
  • No implica arbitrariedad
Derecho De Peticion
  • Pronta resolución
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
  2. Tercero. Penal Municipal de Bello del 25 de febrero de dos mil, en la tutela de Alexander Galvis Ceballos contra el INPEC Centro Carcelario "Bellavista", y en su defecto TUTELAR el derecho de petición del accionante, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.
  3. SEGUNDO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
  4. Segundo. Civil Municipal de Bello del 6 de marzo de dos mil, en la tutela de Jhon Fredy Castrillon Rojo contra el INPEC Centro Carcelario "Bellavista", y en su defecto TUTELAR el derecho de petición del accionante, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.
  5. TERCERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
  6. Tercero. Penal Municipal de Bello del tres de marzo de dos mil, en la tutela de Guillelver Antonio Muñetón contra el INPEC Centro Carcelario "Bellavista", y en su defecto TUTELAR el derecho de petición del accionante, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.
  7. CUARTO. En consecuencia, ORDENAR al INPEC Centro Carcelario "Bellavista", que en el término cinco (5) días contados a partir de la notificación de la sentencia, que, si no se ha hecho ya, en cada uno de los casos arriba enunciados se de respuesta de fondo a la petición de los accionantes en lo concerniente al beneficio administrativo por ellos solicitado.
  8. QUINTO. Para los efectos del artículo 36 del decreto 2591 de 1991, el juez de origen hará las notificaciones y tomará las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.