T-957 de 2006
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Fabian Henao Cardona Vs. Juzgado 19 Penal Del Circuito De Cali Y Otra
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No es absoluta
- Imposibilita defensa material
- Declaratoria de persona declarada ausente exige mayor dedicación y esfuerzo profesional
- Personas ausentes
- No configuración
- Aplicación a actuaciones judiciales y administrativas
- Elementos que concurren para la violación del núcleo esencial
- Presunta vulneración implica estudio de caso concreto
- Aplicación
- Implica que irregularidades hayan condicionado en forma decisiva parte resolutiva de sentencia
- No sólo se configura por desviación voluntaria de preceptos legales y constitucionales
- Características
- Valoración cualitativa
- Procedencia excepcional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso la defensa tecnica y la libertad personal de condenado por los delitos de homicidio agravado y porte ilegal de armas por cuanto fue declarado como persona ausente sin haber recibido citacion alguna en su lugar de residencia ser condenado por testimonio de oidas y por la inactividad procesal de su defensor de oficio.solicita se declare la nulidad de lo actuado dentro del proceso en su contra.tutela contra providencias judiciales.
El derecho a la defensa técnica y el debido proceso en materia penal.estudiados los tres (3) cargos formulados por el señor henao contra el proceso penal que culminó con su condena a 40 años y 6 meses de prisión como pena principal encuentra esta sala que no existió vía de hecho alguna por parte de las autoridades judiciales demandadas dentro del trámite y decisión del mismo.negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR la sentencia unica de instancia proferida por la sala penal del Tribunal Superior de Cali que denego la accion de tutela iniciada por el senor Fabian Henao Cardona contra el juzgado diecinueve (19) penal del circuito de Cali y la fiscalia seccional dieciocho (18) delegada ante los jueces penales del circuito de Cali.
- Segundo. Por Secretaria, librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.