Micelio
Sentencia de Tutela3 de diciembre de 2014

T-941 de 2014

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Victor Hugo Torres Torres·Demandado Tribunal Superior De Buga

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Sustitución Pensional
  • Requisitos que debe acreditar el hijo en situación de discapacidad para ser beneficiario
Accion De Tutela Contra Providencia Judicial Que Resuelve Incidente De Desacato
  • Improcedencia por cuanto el trámite que buscaba el desacato se inició sin ningún tipo de pruebas por parte del accionante
  • Procedencia excepcional
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
3 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Debido proceso.

Tutela contra providencia judicial.

El actor considera que la autoridad judicial accionada, al revocar en consulta la sanción impuesta a la Directora de la UGPP dentro del incidente de cumplimiento por el desacato promovido por el actor, incurrió en un defecto fáctico, vulneró sus derechos fundamentales a la seguridad social, al mínimo vital y al debido proceso y dejó sin valor la figura de la cosa juzgada en sede constitucional.

Se alega, que dicha autoridad dejó de emplear sus facultades probatorias oficiosas para confirmar si el demandante tenía la condición de estudiante, según la Ley 1574 de 2012.

La Sala se pronuncia sobre la procedibilidad excepcional de la acción de tutela contra las providencias proferidas en el desarrollo del incidente de cumplimiento, particularmente frente a la imposición de la sanción por desacato del artículo 52 del Decreto 2591 de 1991.

Se confirman las decisiones de instancia que declararon improcedente el amparo solicitado.

Se advierte al peticionario que en futuras oportunidades debe evitar el empleo desmedido de la acción de tutela, toda vez que se genera un desgaste innecesario del aparato judicial.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia de tutela proferida por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia el 1 de julio de 2014, que a su vez confirmo la de la Sala de Casacion Laboral de la misma Corporacion del 14 de mayo del mismo ano, mediante la cual se declaro improcedente la accion de tutela presentada por Victor Hugo Torres Torres contra la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga.
  2. SEGUNDO. ADVERTIR al accionante que en futuras oportunidades evite el empleo desmedido de la accion de tutela, de conformidad con lo senalado en el numeral 4.6. de esta providencia.
  3. TERCERO. Por secretaria, librese la comunicacion prevista en el Articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónGabriel Eduardo Mendoza Martelo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.