Micelio
Sentencia de Tutela9 de agosto de 2001

T-885 de 2001

Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett

Demandante Uriel Rodriguez Arenas Vs Cafesalud E.P.S.·Demandado Sin Información

Tema · dato duro
Derecho A La Salud Y A La Vida. Agencia Oficiosa. Padre En Representación De Hijo Enfermo Con Quemaduras. Tratamiento Sin Cumplir Con Periodo Minimo De Cotización. Repetición Contra El Fosyga. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud Del Menor
  • Suministro de tratamiento médico por quemaduras sin cumplir mínimo de cotización
Derecho A La Salud
  • Prueba de la incapacidad económica para asumir tratamiento
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado
  2. Octavo. Civil del Circuito de Bogotá, en cuanto negó la tutela de los derechos fundamentales a la vida y a la salud de Fabian Andrés Rodríguez Nope.
  3. Segundo. ORDENAR a Cafesalud E.P.S., que en forma inmediata asuma los tratamientos requeridos por Fabian Andrés Rodríguez Nope, a juicio del médico tratante, sin condicionar en modo alguno la prestación de los servicios al pago de suma alguna de dinero.
  4. Tercero. Cafesalud E.P.S., podrá repetir por el valor que desembolse por concepto de este fallo, en contra de la Subcuenta de Enfermedades Catastróficas o Ruinosas del Fondo de solidaridad y Garantía del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
  5. Cuarto. Líbrense por Secretaria, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  6. Notifíquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.