T-877 de 2006
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Roman Medina Bedoya Vs. Iss
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reconocimiento de pensiones por la jurisdicción laboral
- Improcedencia de tutela para obtener reconocimiento
- Improcedencia general para reconocimiento de pensiones
- Improcedencia por no existir perjuicio irremediable
- Requisitos de procedencia excepcional para reconocimiento de pensiones
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la igualdad debido proceso seguridad social al minimo vital y a la vida digna de afiliado a quien la entidad se niega a reconocerle la pension de vejez por encontrar que no acreditaba las semanas de cotizacion para ser beneficiario del regimen de transicion y tampoco la edad requerida como minima.solicita se ordene el reconocimiento de la pension especial de vejez por el ejercicio de actividades periodisticas asi como los intereses moratorios.la accion de tutela no es el mecanismo idoneo para solicitar el reconocimiento y pago de pensiones salvo que ya se haya reconocido o se este ante la inminencia de un perjuicio irremediable.
Casos en que procede la accion de tutela para proteger derechos fundamentales derivados del reconocimiento y pago de prestaciones sociales.negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. CONFIRMAR las sentencias proferidas, en primera y segunda instancia, por el Juzgado
- Octavo. (8) Penal del Circuito de Bogota y por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogota, por medio de las cuales se nego por improcedente la accion de tutela instaurada por Roman Medina Bedoya.
- SEGUNDO. Por secretaria General librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.