Micelio
Sentencia de Tutela15 de octubre de 2014

T-759 de 2014

Ponente Martha Victoria Sáchica Méndez

Demandante Jose Edelio Bravo Valencia·Demandado Isagen S.A. Es.P. Y Otros

Tema · dato duro
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Colpensiones negó el reconocimiento y pago de la pensión de vejez al actor, alegando que éste no cumplió con las semanas de cotización requeridas, toda vez que su empleador (Ingenieros Civiles Asociados S.A.) no realizó los aportes correspondientes a la seguridad social, en el tiempo en que el ISS no había asumido el riesgo de vejez.

El demandante solicita que se le reconozca y pague la pensión sanción, por haber laborado más del tiempo señalado para ello, o subsidiariamente, que se ordene a las entidades accionadas asumir el pago de las cotizaciones correspondientes al tiempo laborado para la empresa que omitió el pago.

La Sala se pronuncia sobre el derecho fundamental a la seguridad social; la procedibilidad de la acción de tutela para proteger este derecho; el marco normativo aplicable a los empleadores del sector privado en seguridad social antes y después de la Ley 100 de 1993 y; los requisitos de la pensión sanción.

Se confirman las decisiones de instancia que declararon improcedente el amparo constitucional solicitado. <b>Nota de Relatoría:</b><br> Mediante auto 070 de fecha 11 de marzo de 2015, la Sala Plena de la Corte Constitucional declaró de oficio la nulidad de la presente providencia, al encontrar que, por error involuntario, dicha decisión se adoptó sin el lleno de uno de los requisitos previstos en la Ley y el Reglamento de la Corporación, como es la existencia de mayoría suficiente para aprobar la decisión.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia proferida dentro del asunto de la referencia en en segunda instancia por la Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil, el diecinueve (19) de junio de dos mil catorce (2014), que confirmó la decisión tomada por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, Sala de Familia, el ocho (8) de mayo de dos mil catorce (2014) y, en consecuencia declarar IMPROCEDENTE la acción de tutela interpuesta por el señor José Edelio Bravo Valencia.
  2. SEGUNDO. LÍBRENSE las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoLuis Ernesto Vargas Silva
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela