Sentencia de Tutela14 de agosto de 2003
T-708 de 2003
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante William Alberto Carranza Garcia Vs. Salud Total
✓
Tema · dato duro
Derechos A La Salud Vida Integridad Personal Y Seguridad Social De Menor De Edad Con Enfermedad Congenita. Suministro Tratamiento De Ortodoncia Prescrito Por Medico Tratante No Incluido En El Pos. Regimen Contributivo. Accion De Repeticion. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Salud Del Menor
- Tratamiento de ortodoncia
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia de 1 de noviembre de 2002, proferida por el Juzgado
- Quinto. Civil Municipal de Bogota D.C.. En su lugar, CONCEDER la tutela de los derechos fundamentales del menor a una vida digna, a la integridad personal, a la salud y a la seguridad social del nino Sebastian Alberto Carranza Rico.
- Segundo. ORDENAR a la E.P.S. de Salud Total que en el termino de diez (10) dias, contados a partir de la notificacion de esta sentencia, suministre el tratamiento de ortodoncia interceptiva con aparatologia irremovible tipo activador de Klammt, como primera fase del tratamiento con controles periodicos de aparatologia y de crecimiento y desarrollo de los maxilares, de conformidad con las prescripciones medicas, que requiere el menor Sebastian Alberto Carranza Rico.
- Tercero. INAPLICAR para el caso concreto, por ser contrarios a la Constitucion Politica, el articulo 28 del Decreto 806 de 1998 y el articulo 18 de la Resolucion 5261 de 1994 que excluyeron del P.O.S. el aludido tratamiento.
- Cuarto. Senalar a la E.P.S. de Salud Total que le asiste el derecho de repetir lo que pague en cumplimiento de la orden emitida, ante la subcuenta respectiva del Fondo de Solidaridad y Garantia del Sistema General de Seguridad Social en Salud, FOSYGA, que debera reconocer ese valor dentro de los treinta (30) dias siguientes al del envio de la cuenta respectiva.
- Quinto. Por Secretaria, librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a18
T-175/02Derecho A La Salud E Integridad Personal. Solicitud Cirugia Estetica De Parpado. Inaplicacion Manual Intervenciones Y Procedimientos Del Pos. Accion De Repeticion. Concedida.T-1018/02Derechos A La Dignidad Humana Salud Y Vida De Beneficiaria. Suministro Protesis Ocular No Incluida En El Pos. Cirugia Plastica O Estetica. Regimen Contributivo. Accion De Repeticion. Concedida.T-722/01Derecho A La Vida Digna Salud Igualdad Y Seguridad Social. Solicitud De Medicamento Necesario Para Curar Acne Maduro. Concedida.T-577/01Derecho A La Vida Digna Integridad Personal Salud Y Seguridad Social. Solicitud De Mamoplastia Reductora Por No Tratarse De Fines Esteticos. Concedida.T-566/01Derecho A La Vida Salud Y Proteccion Al Menor. Equilibrio Emocional Psicologico Mental. Solicita Cirugia De Volumen Y Simetria Por Sufrir De Sindrome De Poland Y No Ser Un Cambio Estetico. Concedida.T-070/01Derecho A La Vida Integridad Personal Salud Y Seguridad Social. Autorizacion Cirugia De Reduccion De Senos. Concedida.
Ver las 18 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.