Micelio
Sentencia de Tutela31 de julio de 2003

T-638 de 2003

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Alirio Alberto Melguiso Barrientos Vs. Penitenciaria Nacional "san Isidro" Popayan

Tema · dato duro
Derecho A La Vida Y Salud De Interno Con Asma Bronquial Cronica. Solicitud Atencion Medica Continua Y Traslado A Otro Centro De Reclusion Segun Prescripcion Medica. Poder Decisorio. Principio De Razonabilidad. Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud Del Interno
  • Atención médica adecuada, digna y oportuna
  • Concepto del médico de la penitenciaria no amerita traslado de enfermo de asma
  • Protección
Traslado De Interno
  • Corresponde al director del Inpec
2 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E L V E
  3. Primero. Confirmar las sentencias proferidas por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial Popayán y por el Juzgado
  4. Quinto. Penal del Circuito de la misma ciudad, de fechas 5 de marzo y 18 de febrero de 2003 respectivamente, que negaron el amparo de los derechos fundamentales a la vida y a la salud del señor Alirio Alberto Melguiso Barrientos, interno en la Penitenciaría Nacional "San Isidro" de Popayán, por las razones expuestas en esta providencia.
  5. Recomendar a las directivas de la Penitenciaría "San Isidro" de Popayán, que continúen prestando la atención médica que requiere el actor para tratar la enfermedad que padece y que realicen todas las gestiones a su alcance tendientes a lograr el traslado que solicita el actor.
  6. Segundo. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.