T-635 de 2005
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Jorge Perdomo Reyes Vs. Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Laboral
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia excepcional
- Igualdad y confianza legítima en su aplicación
- Procedencia de su reconocimiento
- Sujeción de los jueces
- Aplicación en materias no previstas en la legislación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la igualdad al libre desarrollo de la personalidad al trabajo la seguridad social y a la favorabilidad de pensionado de la caja agraria por la decision de la corporación de casar el fallo del tribunal superior del distrito judicial de bogota negar injustificadamente el reconocimiento de la indexacion de la primera mesada pensional dentro del proceso ordinario laboral promovido contra la caja de credito agrario industrial y minero.
Solicita se deje sin efecto la sentencia de la sala de casación laboral de la corte suprema de justicia ordenando que resuelva en derecho las pretensiones sobre la indexacion de su primera mesada pensional.
Confirmación de la sentencia de la sala jurisdiccional disciplinaria del consejo superior de la judicatura que responde a la jurisprudencia de la corte constitucional.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, el dia 18 de noviembre de 2004, en la que se decidio tutelar los derechos fundamentales de Jorge Perdomo Reyes, para lo cual se resolvio dejar sin efecto la sentencia de casacion dictada por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia, el 23 de mayo de 2000, y en su lugar, se ordeno la ejecutoria de la sentencia proferida por el Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Bogota, el dia 3 de mayo de 1999.
- Segundo. LIBRENSE, por la Secretaria General de esta Corporacion, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.