Micelio

Providencias que cita

T-625/12 invoca estas providencias en su argumentación. · 17 en total.

Volver a la ficha de T-625/12
T-745/11Tutela2011
T-901/10Tutela2010
T-697/10Tutela2010
T-449/09Tutela2009
T-107/09Tutela2009
T-1059/07Tutela2007
C-862/06Constitucionalidad2006

Pension De Jubilacion. Indexación De Salario Base Para Liquidar Pensión, A Quienes Se Retiran O Son Retirados Del Servicio Luego De Haber Laborado Más De Veinte Años, Sin Haber Alcanzado Edad Señalada En Num.1º Del Art. 260 Del C.S.T.

T-453/05Tutela2005
T-090/05Tutela2005
C-590/05Constitucionalidad2005

Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. No Vulnera Los Principios De Seguridad Jurídica Y De Autonomía Funcional Del Juez

T-774/04Tutela2004

Derecho Al Debido Proceso En Conexidad Con El Derecho A Un Medio Ambiente Sano Por Sentencia Que Niega Pretensiones De La Demanda De Desalojo De Zonas De Actividad Minera Y Niega Practica De Pruebas Solicitadas Dentro De Accion De Cumplimiento. Vias De He

T-462/03Tutela2003

Derecho De Peticion. Solicitud Pension De Vejez. Respuesta Pronta Y Oportuna. Regimen De Transicion. Compartibilidad Pensional. Tutela Contra Providencias Judiciales. Procedibilidad. Autonomia Judicial. Eficacia. Buena Fe. Concedida.

SU.120/03Unificación2003

Derechos Al Debido Proceso Igualdad Trabajo Y Seguridad Social. Via De Hecho. Indexacion De La Primera Mesada Pensional. Principio De Favorabilidad. Confianza Legitima. Doctrina Probable. Equidad. Situaciones No Prevsitas En Jurisdiccion Laboral. Cosa Juz

T-231/94Tutela1994

Tutela Contra Providencias Judiciales. Via De Hecho. Contrato De Seguro. Liquidacion De Perjuicios. Concedida Parcialmente.

T-442/93Tutela1993

Tutela Contra Providencias Judiciales. Via De Hecho. Acumulacion De Procesos Ejecutivos. Negada.

T-173/93Tutela1993

Tutela Contra Sentencias. Derecho De Posesion. Predio Pozos Colorados. Santa Marta. Concedida

C-543/92Constitucionalidad1992

Dec. 2591/91. Art 11 12 25 Y 40. Tutela Contra Sentencias. Cosa Juzgada. Caducidad. Unidad Normativa. Inexequibles Salvo Art 25.