T-625 de 2012
Ponente Adriana María Guillén Arango
✓Demandante Francisco Noguera Monsalvo·Demandado Tribunal Superior De Valledupar
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Actualización del ingreso base de liquidación
- Actualización debe realizarse con base en la variación del IPC
- Fórmula de actualización
- Jurisprudencia del Consejo de Estado
- Significado
- Debe mantener el poder adquisitivo según sentencia C-862/06
- Procedencia excepcional
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Improcedencia por cuanto se pretende actualización con el aumento anual del salario mínimo
- Improcedencia por no hacer uso del recurso extraordinario de casación
- Improcedencia de indexación de mesada pensional en proceso ordinario laboral contra Caprecom por cuanto se liquidó con el promedio devengado el último año de servicio y no con el increme
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Seguridad social, mínimo vital, debido proceso.
Tutela contra providencia judicial.
En el presente caso se analiza si la Sala Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior de Valledupar vulneró derechos fundamentales del actor, al dictar una sentencia mediante la cual negó las pretensiones dentro de un proceso ordinario laboral, iniciado para reclamar la indexación de la mesada pensional desde 1976 hasta la actualidad.
La Sala reitera jurisprudencia constitucional relacionada con la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales y el derecho a la indexación de la primera mesada pensional.
Se concluye que, en el presente asunto, la solicitud de amparo no tiene mérito suficiente para permitir la intervención del juez de tutela en un caso que en principio está zanjado por el juez natural, es decir, por el juez ordinario.
Se confirman las decisiones de instancia que denegaron el amparo por IMPROCEDENTE.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia el 19 de enero de 2012, por las razones expuestas en esta providencia.
- Segundo. Por la Secretaría General de esta Corporación, DEVOLVER al Juzgado
- Tercero. Laboral del Circuito el expediente No. 2008-00259 01, contentivo del proceso que resolvió la acción ordinaria laboral que inició Francisco Noguera Monsalvo contra la Caja de Previsión Social de Comunicaciones -CAPRECOM-., que consta de tres cuadernos de 110, 40 y 6 folios, respectivamente, que dicha entidad había allegado en calidad de préstamo.
- Tercero. LÍBRESE por Secretaría la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.