T-589 de 2006
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Maria Janeth Esquivel Santa Vs. Sociedad Comercial Solo Gallinas Y Compañía S. En C. Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Carácter constitucional de la protección a la maternidad
- Hecho notorio
- Notificación de estado de embarazo a empleador no requiere formalidades especiales
- Demanda iniciada por un extrabajador contra quien fuera su empleador
- Procedencia
- Elementos fácticos que deben demostrarse
- Desvinculación laboral constituye perjuicio irremediable
- Indefensión
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la maternidad y a la estabilidad laboral reforzada de mujer trabajadora que fue despedida de su empleo sin justificacion alguna encontrándose en estado de embarazo de lo cual habia informado a su empleador.
Solicita se ordene su reintegro y el pago de la licencia de maternidad e indemnizacion a que tenga derecho.
Accion de tutela contra particulares.
Procedencia de la acción de tutela contra particulares: El caso particular de la relación (ex) trabajador -(ex) empleador.
Elementos configurativos para la procedencia del amparo a la maternidad por medio de la acción de tutela.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia del Juzgado Cincuenta (50) Penal del Circuito de Bogota, de 21 de febrero de 2006, que nego la proteccion de los derechos fundamentales invocados por la senora Maria Yaneth Esquivel Santa en la accion instaurada contra la Sociedad Solo Gallinas y Compania S. en C. y el senor Oscar Romero Salamanca. En su lugar, CONCEDER el amparo a los derechos fundamentales a la maternidad y a la estabilidad laboral reforzada de la accionante en relacion con el senor Oscar Romero Salamanca.
- SEGUNDO. ORDENAR al senor Oscar Romero Salamanca que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de esta providencia, reintegre a la senora Maria Yaneth Esquivel Santa al cargo que desempenaba o a otro de condiciones similares y, asi mismo, le cancele la licencia de maternidad a la que tiene derecho.
- TERCERO. DENEGAR el amparo solicitado por la accionante respecto de la Sociedad Solo Gallinas y Compania S. en C.
- CUARTO. LIBRESE la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.