Micelio
Sentencia de Tutela19 de julio de 2012

T-580 de 2012

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Jaime Jesus Hernandez Figueroa·Demandado Electricaribe S.A. Esp Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Temeraria
  • Inexistencia por cuanto se presentan hechos nuevos
  • Supuestos fácticos en los cuales la acción de tutela no puede considerarse temeraria a pesar de la interposición de dos acciones de tutela que presenten la triple identidad
  • Casos en que pese a la identidad de procesos no se configura temeridad
  • Requisitos para que se configure
Derecho De Acceso A La Información
  • Estándares internacionales sobre su naturaleza, contenido, características, objeto y restricciones y reglas jurisprudenciales respecto al alcance constitucional
Accion De Tutela Contra Empresa De Servicios Publicos Domiciliarios
  • Orden de suministrar información concerniente a parámetros de medición, número de usuarios y niveles de pérdida de energía que dan lugar a cobro de consumo distributivo comunitario
Actuacion Temeraria En Tutela
  • Presentación de varias tutelas conlleva al rechazo o decisión desfavorable conforme al art. 38 del Decreto 2591/91
Derecho De Acceso A La Información Pública
  • Instrumentos internacionales que hacen parte del bloque de constitucionalidad
  • Naturaleza, contenido y alcance
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Reiteración de jurisprudencia sobre requisitos generales y especiales de procedibilidad
8 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Acceso a la información pública.

Con la presente acción de tutela se ordena a la empresa ELECTRICARIBE S.A.

E.S.P., que suministre al accionante la información concerniente a los parámetros de medición, el número de usuarios y los niveles de pérdida de energía que mensualmente dan lugar al cobro de la tasa denominada “consumo distributivo comunitario”, de acuerdo a las solicitudes elevadas por él.

Así mismo se le ordena además, abstenerse de incurrir en nuevas vulneraciones del derecho de acceso a la información, por hechos análogos que se presenten en el futuro.

SE CONCEDE.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR por las razones que se exponen en la presente providencia, el fallo de nueve (9) de diciembre de 2011 proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, en segunda instancia, y en su lugar TUTELAR el derecho fundamental de acceso a la informacion del senor Jaime Jesus Hernandez Figueroa.
  2. Segundo. ORDENAR a la empresa Electricaribe S.A., E.S.P. a suministrar la informacion concerniente a los parametros de medicion, el numero de usuarios y los niveles de perdida de energia que mensualmente dan lugar al cobro de la tasa denominada Consumo Distributivo Comunitario, de acuerdo con las solicitudes de informacion elevadas por el senor Jaime Jesus Hernandez Figueroa. ABSTENERSE de incurrir en nuevas vulneraciones del derecho de acceso a la informacion por hechos analogos que se presenten en el futuro.
  3. Tercero. ORDENAR a la Superintendencia de Servicios Publicos Domiciliarios a revocar los actos administrativos que confirman la negativa de la entidad prestadora de servicios publicos domiciliarios a suministrar la informacion solicitada por el senor Jaime Jesus Hernandez Figueroa.
  4. Cuarto. LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónLuis Ernesto Vargas Silva
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.