T-570 de 2009
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Sastoque Diaz Jose Danery·Demandado Sala Laboral Del Tribunal Superior De Bogota
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Actualización salario base de liquidación
- Adopción de una posición jurisprudencial unificada
- Cobija tanto a las pensiones legales como a las convencionales
- Reiteración de jurisprudencia
- Procedencia de su reconocimiento
- Orden de reliquidar el monto de la primera mesada pensional con base en la fórmula adoptada mediante sentencia T-098 de 2005
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En este caso alega el actor que sus derechos fundamentales fueron vulnerados por la entidad judicial accionada, al proferir sentencia dentro del proceso ordinario laboral iniciado en contra del Ministerio de Industria y Comercia y negar el reconocimiento de la indexación y pago de la primera mesada pensional.
Se analizó la siguiente temática: 1º.
El derecho constitucional a mantener el poder adquisitivo de las pensiones y el denominado derecho a la “indexación de la primera mesada pensional”. 2º.
La indexación de la primera mesada pensional en las pensiones convencionales. 3º.
La procedencia de la tutela para reclamar dicha prestación y, 4º.
La jurisprudencia constitucional vigente en torno a la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales.
Se CONCEDE el amparo invocado, se deja sin efectos la providencia cuestionada y se ordena al operador jurídico ordinario reliquidar el monto de la mesada pensional que corresponde al peticionario, tomando como base la fórmula adoptada por la Corte Constitucional mediante la Sentencia T-098/05
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo de segunda instancia proferido por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia en la acción de tutela instaurada por José Danery Sastoque Díaz contra el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, para en su lugar CONCEDER el mismo respecto de los derechos fundamentales a la igualdad, al mínimo vital, a la vida digna y a la seguridad social del actor.
- Segundo. En consecuencia, DEJAR SIN EFECTO las sentencias proferidas por el Juzgado
- Cuarto. Laboral del Circuito de Bogotá y la Sala Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de la misma ciudad dentro del proceso ordinario laboral promovido por el tutelante contra el Ministerio de Desarrollo Económico -hoy Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y ORDENAR al Juzgado
- Cuarto. Laboral del Circuito de Bogotá que , en las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia, proceda a reliquidar el monto de la primera mesada pensional que corresponde al señor Sastoque Díaz, tomando como base la fórmula adoptada por la Corte Constitucional mediante la Sentencia T-098 de 2005 (fundamento jurídico número cinco).
- Tercero. ORDENAR al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo cumplir con la reliquidación realizada por el Juzgado
- Cuarto. Laboral del Circuito de Bogotá dentro de los ocho (8) días calendario siguientes a la notificación de la misma.
- Cuarto. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.