Micelio
Sentencia de Tutela15 de noviembre de 2019

T-546 de 2019

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Rene·Demandado Establecimiento Penitenciario Y Carcelario De Colombia

Tema · dato duro
Derecho A La Igualdad A La Intimidad Y Al Libre Desarrollo De La Personalidad De Una Persona Privada De La Libertad, A Quien Se Le Exige Revelar Su Condicion Sexual E Identidad De Genero Diversa. Hecho Superado.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado
  • Accionante se reconoció como parte de la comunidad LGBTI y quedó exento del cumplimiento del deber de tener el cabello corto
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El actor considera que el establecimiento penitenciario y carcelario accionado vulnera sus derechos fundamentales, al negarle el permiso para conservar su cabello largo, a menos que revele su condición sexual y se reconozca como parte de la comunidad LGBTI.

La entidad adujo que dicho requerimiento estaba previsto en un acto administrativo que fijaba como exenciones a la regla de corte de pelo “los casos que sean necesarios para garantizar el derecho a la igualdad y libre desarrollo de la personalidad de las personas LGBTI, el derecho a la libertad religiosa y de cultos y los derechos a la diversidad cultural y étnica”.

Teniendo en cuenta que en sede de revisión la Sala tuvo conocimiento de que el peticionario decidió reconocerse como parte de la comunidad LGBTI, que la accionada aplicó el protocolo de atención a esta población y que se diligenció el formato que establecía la exención solicitada, se declaró la carencia actual de objeto HECHO SUPERADO.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. LEVANTAR la suspensión de términos decretada en el proceso de tutela de la referencia.
  2. Segundo. REVOCAR la sentencia proferida el 7 de mayo de 2018 por el Juzgado
  3. Segundo. Laboral del Circuito de Tunja, a través de la cual negó la acción de tutela. En su lugar, DECLARAR la carencia actual de objeto por hecho superado, por las razones expuestas en esta providencia.
  4. Tercero. Por Secretaría General, LÍBRESE la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.