Micelio
Sentencia de Tutela5 de julio de 2002

T-513 de 2002

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Personero Municipal De Envigado Vs. Comfenalco Antioquia

Tema · dato duro
Derechos A La Salud Vida Seguridad Social E Integridad Fisica. Solicitud Examen Urografia No Incluido En El Pos. Deber De Informar. Regimen Subsidiado. Sisben. Negada Con Adicion.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Administradora Del Regimen Subsidiado
  • Información al afiliado sobre posibilidad de atención en servicio no incluido en POS
  • Obligación de coordinar práctica de examen
Institucion Prestadora De Salud
  • Cobro de cuota de recuperación a personas que no tienen capacidad de pago
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR el fallo adoptado por el Juzgado
  2. Segundo. Promiscuo de Familia de Envigado en razon de la accion de tutela interpuesta por el Personero Municipal de ese municipio a favor de la senora MARIA DEL CARMEN GIRALDO DE GIRALDO, ADICIONANDOLO en el sentido de ORDENAR al representante legal de COMFENALCO ARS de Antioquia, que en el evento de que a la afiliada MARIA DEL CARMEN GIRALDO DE GIRALDO no se le hubiere practicado aun el examen denominado "urografia excretora" que dispuso su medico tratante, dentro del perentorio termino de cuarenta y ocho (48) horas a partir de la notificacion de esta sentencia, con la intervencion del senor Personero Municipal que impetro la accion, coordine con la Secretaria de Salud Municipal de Envigado y/o la Direccion Seccional de Salud de Antioquia, que una entidad publica o privada que tenga contrato con el Estado, practique el examen en referencia a la usuaria lo mas pronto posible.
  3. Segundo. ORDENAR que por la Secretaria General de esta Corporacion, se de cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.