Micelio
Sentencia de Tutela7 de mayo de 2001

T-510 de 2001

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Antonio Castilla Samper Vs. Arinco S.A Y Otros

Tema · dato duro
Derecho Al Salario. Pago Oportuno De Mesada Pensional. Responsabilidad De La Demanda. En La Conformacion De Una Reserva Que Hubiese Podido Atender El Pago De La Pension Del Actor. Indefension Y Subordinacion Del Actor Al Pasar De 71 Años Y No Contar Con M
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho De Peticion
  • Solicitud a empresa en liquidación obligatoria
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR parcialmente la sentencia proferida por el Juzgado Veintinueve Civil Municipal de Bogotá en el sentido de TUTELAR el derecho del actor a recibir cumplidamente el pago de su mesada pensional.
  2. Segundo. En consecuencia ORDENAR a la Liquidadora de ARINCO S.A., que realice las gestiones que estén a su alcance para obtener los recursos que le permitan atender su pago.
  3. Tercero. Prevenir a la Superintendencia de Sociedades para que impulse las actividades de la Liquidadora de Arinco S.A. tendientes a conseguir los recursos destinados al pago de la mesada pensional del actor, y para que vigile la destinación adecuada de los mismos.
  4. Cuarto. Instar a la Liquidadora de Arinco S.A. para que adelante los trámites que correspondan, tendientes a lograr la conmutación de la pensión del actor o a garantizar su futuro pago, en la medida en que el desarrollo del trámite de liquidación, al que está sometida la sociedad accionada, lo permita. Y ordenar a la Superintendencia de Sociedades que mantenga informado al juez de instancia sobre el trámite y los logros obtenidos.
  5. Quinto. Por Secretaría, líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.