T-504 de 2012
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Ricardo Organista Bohorquez·Demandado Empresa De Acueducto, Agua Y Alcantarillado De Bogota
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia por no existir vulneración o amenaza a los derechos fundamentales del actor
- Para la procedencia es indispensable que esté debidamente probada la violación o amenaza a los derechos fundamentales
- Carácter subsidiario
- Protección por vía de acción de tutela cuando se afectan derechos fundamentales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En el presente caso el demandante solicita que se amparen sus derechos fundamentales a la prestación de servicios públicos, a la igualdad y a la subsistencia, los cuales considera vulnerados por la EAAB en cuanto le negó la instalación de la acometida de acueducto y alcantarillado en un inmueble de su propiedad, aduciendo imposibilidad técnica para hacerlo, a pesar de que dicha empresa instaló los servicios requeridos a los inmuebles vecinos.
La empresa demandada argumenta no haber violado ningún derecho fundamental, toda vez que la imposibilidad para instalar la acometida tiene que ver con el hecho de que el predio del demandante fue desenglobado sin haberse previsto la instalación del servicio, porque la red oficial se encuentra a una distancia que supera los límites establecidos por la Norma Técnica de Servicios y el uso del inmueble es comercial y no residencial.
La Sala de Revisión no encuentra vulnerado o amenazado ningún derecho fundamental del peticionario y en tal sentido, confirma las decisiones de instancia que NEGARON el amparo solicitado. <br> <br>
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. CONFIRMAR, por las razones expuestas en esta providencia, la sentencia proferida por el Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de Soacha (Cundinamarca), de fecha 3 de febrero de 2012, que confirmo la de primera instancia emitida el 6 de diciembre de 2011 por el Juzgado
- Primero. Civil Municipal de la misma ciudad, la cual nego la accion de tutela presentada por el senor Ricardo Organista Bohorquez contra la Empresa de Acueducto, Agua y Alcantarillado de Bogota.
- SEGUNDO. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.