Micelio
Sentencia de Tutela9 de junio de 2003

T-472 de 2003

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Maria Nohelia Correa Gomez Vs. Direccion Seccional De Salud De Antioquia

Tema · dato duro
Derecho A La Salud Y Vida. Solicitud Practica Urgente De Laparoscopia Quirurgica Prescrita Por Medico Tratante. Regimen Subsidiado. Sisben. Calidad De Vinculado. Realizacion Nueva Encuesta. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Sisben
  • Deber de atender participantes vinculados al sistema de salud
  • Participantes vinculados
  • Práctica de laparoscopia de persona vinculada
  • Regulación ineficiente para detectar a las personas pobres
2 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la decision proferida el 15 de noviembre de 2002, por el Juzgado
  2. Decimo. Civil Municipal de Medellin y, en consecuencia, CONCEDER la tutela de los derechos a la salud y la vida de la accionante, MARIA NOHELIA CORREA GOMEZ.
  3. Segundo. ORDENAR a la Direccion Seccional de Salud de Antioquia que en el termino de diez (10) dias contados a partir de la notificacion de este fallo, practique la intervencion quirurgica denominada LAPAROSCOPIA que requiere la accionante, ya sea directamente o a traves de alguna entidad con la que tenga suscrito contrato para tal efecto si ya no se ha hecho.
  4. Tercero. ORDENAR a la Direccion Seccional de Salud de Antioquia que a traves de las autoridades correspondientes unifique, rectifique o realice una nueva encuesta Sisben para determinar con certeza el nivel de pobreza de la accionante
  5. Cuarto. Por Secretaria General de esta Corporacion, librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.