Micelio
Sentencia de Tutela6 de junio de 2006

T-451 de 2006

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Jorge Enrique Restrepo Gomez Vs. Tribunal Administrativo De Antioquia Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Poder especial para actuar
Falta De Legitimacion Por Activa En Tutela
  • Abogado sin poder para actuar
  • Poder otorgado al abogado en otros asuntos no lo habilita para ejercer la tutela
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al debido proceso dentro del tramite de accion de reparacion directa tramitada inicialmente por el tribunal contencisos admnistrativo de caldas en el que se demanda al ministerio de defensa policia nacional por la muerte de un ciudadano en el municipio de chinchina por la negativa a atender la solicitud de ratificacion de testimonios como prueba trasladada en el proceso penal y disciplinario.

Solicita se declare la nulidad de la sentencia dictada por el tribunal de descongestion para que el fallo lo dicte el tribunal administrativo de caldas.

La legitimacion en los tramites de tutela.

Se advierte la ausencia de poder conferido al litigante que dice actuar en representacion y ante la ausencia de poder para actuar se erige tal omision en una circunstancia que le impide al juez constitucional pronunciarse sobre el fondo del asunto planteado.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. CONFIRMAR, la sentencia proferida por la Sección Segunda Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, de 9 de Febrero de 2.006, pero por las razones que se exponen en la parte motiva de esta providencia.
  2. SEGUNDO. DÉSE cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.