T-418 de 2022
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Emmr·Demandado Hotel
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Eficacia del despido cuando el empleador desconoce el estado de embarazo de la trabajadora
- Marco normativo y jurisprudencial
- Requisitos para pactar válidamente el periodo de prueba
- Reiteración de jurisprudencia
- Límites a la facultad del empleador de terminar unilateralmente el vínculo laboral
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
La actora considera que el Hotel accionado vulneró sus derechos fundamentales al dar por terminado el vínculo laboral mientras se encontraba embarazada.
Se pide al juez constitucional ordenar el reintegro inmediato, el pago del salario y las prestaciones dejadas de percibir, la afiliación al régimen de seguridad social, el reconocimiento de la licencia de maternidad y las prestaciones relativas a incapacidades producto de su estado gestante, parto y lactancia no cubiertas por la EPS.
Igualmente, que se sancione al accionado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo, esto es, con multa equivalente a 30 días de salario, así como la sanción moratoria prevista en el artículo 65 de ese mismo estatuto.
Se analiza la siguiente temática: 1º.
Las reglas constitucionales y legales en las que se establece la protección de la persona embarazada. 2º.
Reglas de estabilidad laboral reforzada de personas embarazadas en contratos laborales, según lo establecido en las Sentencias SU.070/13 SU.075/18 y; 3º.
Protección del derecho a la estabilidad laboral reforzada de mujeres embarazadas, requisitos del pacto del período de prueba y condiciones de los contratos verbales a término indefinido.
La Corte recordó que, según las reglas aplicables al fuero de maternidad unificadas en los fallos precitados, para que opere la garantía de estabilidad laboral reforzada por maternidad o lactancia debe mediar el conocimiento del empleador del estado de gestación de su trabajadora o existir, al menos, una duda de que si lo conocía.
En este caso en específico se destaca el hecho de que ni el Hotel ni la propia peticionaria sabían del estado de gravidez de ésta última, al momento de terminar la relación laboral existente entre ellos.
Se confirman las decisiones de instancia que DENEGARON el amparo invocado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. CONFIRMAR el fallo de tutela de 11 de febrero de 2022 proferido en segunda instancia por el Juzgado 2 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bucaramanga, que a su vez confirmó la decisión del Juzgado 16 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de 3 de enero de 2022 de negar, en primera instancia, la acción de tutela promovida por la señora E.M.M.R. en contra del Hotel.
- SEGUNDO. OFICIAR a la Defensoría del Pueblo para que en el marco de sus competencias constitucionales y legales realice un acompañamiento a la señora E.M.M.R. como posible víctima de violencia intrafamiliar.
- TERCERO. COMPULSAR copias a la Fiscalía General de la Nación para que, en el marco de sus competencias, de manera célere investigue los hechos de violencia sufridos por la accionante E.M.M.R.
- CUARTO. EXHORTAR al Hotel para que, de acuerdo con el F.J. 83 de la presente sentencia, revise sus políticas laborales de cara a la jurisprudencia constitucional y la legislación laboral vigente.
- Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.