Micelio
Sentencia de Tutela20 de junio de 2012

T-449 de 2012

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Cajanal En Liquidacion·Demandado Juzgado Primero Penal Del Circuito De Bogota

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Sentencia De Tutela
  • Improcedencia en caso de Cajanal que interpuso tutela contra sentencia de tutela por existir cosa juzgada constitucional
  • Improcedencia para controvertir decisiones que se adoptan en procesos de esta naturaleza
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Debido proceso.

Tutela contra providencia judicial.

En el presente caso se demanda al Juzgado Primero Penal del Circuito de Bogotá, alegando que dicho despacho judicial resolvió favorablemente una acción de tutela interpuesta por un conjunto de accionante contra CAJANAL, pero que en el fallo se incurrió en una vía de hecho por defectos sustantivo y orgánico y por desconocimiento del precedente jurisprudencial, en tanto se ordenó reliquidar la prestación de todos los actores , incluyendo todos los factores salariales sin prescripción, junto con la respectiva indexación y la retroactividad.

Luego de reiterar jurisprudencia constitucional relacionada con la improcedencia de la acción de tutela para controvertir sentencias de tutela, la Sala decide confirmar la decisión de instancia que NEGO POR IMPROCEDENTE la acción constitucional impetrada por CAJANAL.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida el 12 de octubre de 2011, por Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá, que negó por improcedente la acción constitucional promovida por la Caja Nacional de Previsión Social EICE-CAJANAL - en liquidación contra el Juzgado
  2. Primero. Penal del Circuito de Bogotá
  3. Segundo. LIBRAR, por Secretaría General, la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.