T-411 de 2009
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Parmenia Caicedo Y Otros·Demandado Empresa De Servicio Publico De Aseo De Cali Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- EMSIRVA ESP o la empresa que la sustituya deberá hacer posible la participación real y efectiva de los recicladores de la ciudad de Cali en la convocatoria pública para la operación y explotación de los residuos sólidos, barrido y limpiez
- Deber de la Alcaldía de adoptar las medidas necesarias para asegurar el goce de los derechos constitucionales a la salud, acceso a la educación, vivienda digna y a la alimentación de los recicladores de Navarro
- Vulneración a los recicladores informales tras el incumplimiento de las actas de acuerdo ante el cerramiento del botadero Navarro
- Alcance frente a grupos tradicionalmente discriminados o marginados
- Discriminaciones directas e indirectas de grupos marginados o discriminados
- Criterios relevantes para entender la noción
- Adopción de medidas a su favor o acciones afirmativas
- Alcance
- Condiciones básicas a la luz de la Constitución Política
- Vulneración por incumplimiento de compromisos que adquirieron con los recicladores
- Hacen parte de un grupo marginado y discriminado sujetos de actuaciones positivas por parte de las autoridades
- Marco normativo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la igualdad cuya vulneracion acaece por la decision de efectuar el cierre del basurero de navarro, la apertura del botadero de yotoco, y los procesos licitatorios para el manejo y aprovechamiento de los residuos solidos de la ciudad de cali. <br>reiteracion de la sentencia t-291 de 2009 mediante la cual se protegieron los derechos de los recicladotes de navarro. <br>en vista de que los casos revisados se identifican con los resueltos en la sentencia precitada, la sala decidio, con base en la misma, ordenar que los accionantes sean vinculados a las alternativas laborales y de subsistencia prometidas en las actas del 13 de junio y 8 de agosto de 2008 y en el pgirs. <br>concedida <br>
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. En relacion con cada uno de los casos individuales acumulados en el proceso T-2263030, REVOCAR la decision adoptada por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, Sala Penal, el 27 marzo de 2009 que denego el amparo solicitado y revoco el amparo concedido por el Juzgado
- Cuarto. Penal del Circuito de Cali, el 3 de febrero de 2009, y en su lugar, se protegeran los derechos fundamentales de Parmenia Caicedo, Yency Fori, Virgelina Carabali, Lunio Aya Munoz, Marlyn Rivas, Sandra Diaz pavor y Buenaventura Correa y sus nucleos familiares.
- Segundo. En relacion con el proceso T-2263043, REVOCAR la decision adoptada por Sala de Decision Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali que revoco la decision del Juzgado 7 Laboral del Circuito de Cali, el 21 de octubre de 2008 que habia concedido el amparo, y, en su lugar, se protegeran los derechos fundamentales de Leonor del Pilar Bonilla Carabali y su nucleo familiar.
- Tercero. En relacion con cada uno de los casos individuales acumulados en el presente proceso y senalados en el ordinal anterior, ORDENAR a la Alcaldia Municipal de Cali, por intermedio de sus Secretarias de Educacion, Salud y Bienestar Social, que dentro de los dos (2) meses siguientes a la notificacion de la presente sentencia, adopte las medidas necesarias para asegurar el goce efectivo de sus derechos constitucionales a la salud, a la educacion y a la alimentacion, verificando en cada caso concreto la afiliacion o vinculacion al sistema de seguridad social en salud, el acceso a la educacion para los hijos menores de edad, y su inclusion en los programas sociales de la alcaldia en materia de alimentacion, vivienda, recreacion, capacitacion laboral y deporte. Igualmente, ORDENAR a la Alcaldia Municipal de Cali en coordinacion con la Empresa de Servicio Publico de Aseo de Cali "EMSIRVA ESP", o la empresa que la reemplace, la Corporacion Autonoma Regional del Valle - CVC, y el Departamento Administrativo del Medio Ambiente - DAGMA vinculara a los accionantes a las alternativas laborales y de subsistencia prometidas en las actas del 13 de junio y 8 de agosto de 2008 y en el PGIRS, a saber, (1) soluciones temporales de trabajo para garantizar la subsistencia, (2) soluciones de negocio para garantizar la subsistencia y (3) soluciones perifericas a la subsistencia. Sobre el cumplimiento de estas ordenes, el alcalde municipal de Cali debera presentar un informe detallado a la Corte Constitucional el dia 10 de septiembre de 2009.
- Cuarto. ORDENAR a la Alcaldia Municipal de Cali, en coordinacion con la Empresa de Servicio Publico de Aseo de Cali "EMSIRVA ESP", o la empresa que la reemplace, la Corporacion Autonoma Regional del Valle - CVC, y el Departamento Administrativo del Medio Ambiente - DAGMA, incluir a los accionantes de los procesos T-2263030 y T-2263043 como beneficiarios de las ordenes complejas impartidas en la sentencia T-291 de 2009, cuya copia se anexa a la presente sentencia.
- Quinto. Para garantizar la efectividad de la accion de tutela, el Juzgado
- Cuarto. Penal del Circuito de Cali y el Juzgado 7 Laboral del Circuito de Cali, notificaran esta sentencia dentro del termino de los cinco (5) dias siguientes a haber recibido la comunicacion, de conformidad con el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.