T-872 de 2009
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Elasio Ambuila·Demandado Departamento Administrativo Del Medio Ambiente Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- EMSIRVA ESP o la empresa que la sustituya deberá hacer posible la participación real y efectiva de los recicladores de la ciudad de Cali en la convocatoria pública para la operación y explotación de los residuos sólidos, barrido y limpiez
- Deber de la Alcaldía de adoptar las medidas necesarias para asegurar el goce de los derechos constitucionales a la salud, acceso a la educación, vivienda digna y a la alimentación de los recicladores de Navarro
- Vulneración a los recicladores informales tras el incumplimiento de las actas de acuerdo ante el cerramiento del botadero Navarro
- Alcance frente a grupos tradicionalmente discriminados o marginados
- Discriminaciones directas e indirectas de grupos marginados o discriminados
- Vulneración por incumplimiento de compromisos que adquirieron con los recicladores
- Hacen parte de un grupo marginado y discriminado sujetos de actuaciones positivas por parte de las autoridades
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Trabajo, vida digna, salud, seguridad social.
El actor comenta que derivaba su sustento de la labor de reciclaje que realizaba en el botadero Navarro, debido a su cierre vio afectados sus derechos fundamentales, ya que dejó de percibir los ingresos con los cuales subsistía, alega que las entidades demandadas han incumplido con los compromisos adquiridos.
La Sala se pronuncia sobre la vulneración del derecho a la igualdad con las medidas adoptadas por las entidades accionadas y la vulneración al principio de confianza legítima, se concluye que el accionante se encuentra en la misma situación de marginalidad y vulneración que en los casos resueltos mediante las sentencias T-291de 2009 y T-411 de 2009, por lo que se reiteran las mismas órdenes impartidas en esas sentencias.
Concedida.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. REVOCAR la decisión adoptada el 9 de junio de 2009 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, que revoco la decisión del Juzgado
- Sexto. Penal del Circuito de Cali y negó el amparo solicitado. En su lugar CONCEDER el amparo a los derechos fundamentales del señor Elasio Ambuila.
- Segundo. ORDENAR a la Alcaldía Municipal de Cali, por intermedio de sus Secretarías de Educación, Salud y Bienestar Social, que dentro de los dos (2) meses siguientes a la notificación de la presente sentencia, adopte las medidas necesarias para asegurar el goce efectivo de sus derechos constitucionales a la salud, a la educación y a la alimentación, verificando la afiliación o vinculación al sistema de seguridad social en salud, el acceso a la educación para los hijos menores de edad, y su inclusión en los programas sociales de la alcaldía en materia de alimentación, vivienda, recreación, capacitación laboral y deporte. Igualmente, ORDENAR a la Alcaldía Municipal de Cali en coordinación con la Empresa de Servicio Público de Aseo de Cali "EMSIRVA ESP", o la empresa que la reemplace, la Corporación Autónoma Regional del Valle - CVC, y el Departamento Administrativo del Medio Ambiente - DAGMA vincular al accionante a las alternativas laborales y de subsistencia prometidas en las actas del 13 de junio y 8 de agosto de 2008 y en el PGIRS, a saber, (1) soluciones temporales de trabajo para garantizar la subsistencia, (2) soluciones de negocio para garantizar la subsistencia y (3) soluciones periféricas a la subsistencia. Sobre el cumplimiento de estas órdenes, el alcalde municipal de Cali deberá presentar un informe detallado a la Corte Constitucional el día 10 de marzo de 2010.
- Tercero. ORDENAR a la Alcaldía Municipal de Cali, en coordinación con la Empresa de Servicio Público de Aseo de Cali "EMSIRVA ESP", o la empresa que la reemplace, la Corporación Autónoma Regional del Valle - CVC, y el Departamento Administrativo del Medio Ambiente - DAGMA, incluir al accionante como beneficiario de las órdenes complejas impartidas en la sentencia T-291 de 2009, cuya copia se anexa a la presente sentencia.
- Cuarto. ORDENAR que por Secretaría General de la Corte se remita el expediente al Juzgado
- Sexto. Penal del Circuito de Cali, quien se encargará de vigilar el cumplimiento de la Sentencia.
- Quinto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.