Micelio
Sentencia de Tutela7 de abril de 2005

T-352 de 2005

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Maria Eugenia Valencia Rueda Vs. Avianca Summa

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Empresa De Servicios Publicos
  • Procedencia por vulneración de derecho fundamental con ocasión a la prestación
Accion De Tutela Contra Particulares
  • Eventos en los que procede
  • Procedencia respecto de Avianca Summa
Derecho De Peticion
  • Alcance
  • Término para resolver
Derecho De Petición
  • Respuesta debe ser de fondo, oportuna, congruente y tener notificación efectiva
4 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho de peticion de persona discapacitada usuaria del servicio por la no devolución de dos muletas y un baston entregados como equipaje en un viaje realizado en la aerolínea los que requiere para su movilización pese a las continuas solicitudes formuladas.

Solicita se ordene una liquidacion de daños y perjuicios.

Legitimidad por pasiva.

Procedencia de la accion de tutela contra particulares que prestan servicios publicos.

Derecho de peticion y su proteccion por via de la accion de tutela.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el treinta (30) de junio de 2004 por el Juzgado
  2. Séptimo. Penal Municipal de Cali - Valle y la proferida el veintisiete (27) de septiembre de 2004 por el Juzgado
  3. Tercero. Penal del Circuito de Cali - Valle, y en su lugar, se CONCEDE el amparo del derecho fundamental de petición invocado por la señora María Eugenia Valencia Rueda por las razones expuestas en la parte motiva de la presente Sentencia.
  4. Segundo. ORDENAR a la Empresa Avianca Summa, que si aún no lo ha hecho, dentro del término perentorio de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación del presente fallo, de respuesta de fondo y definitiva a la petición elevada por la señora María Eugenia Valencia Rueda.
  5. Tercero. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.