Micelio
Sentencia de Tutela27 de mayo de 2002

T-412 de 2002

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Emperatriz Bustamante Puerto Vs. Jorge Mesa

Tema · dato duro
Derecho A La Seguridad Social Y Salud. Solicitud Examenes Medicos. Estado De Subordinacion E Indefension. Tutela Contra Particulares. Mora En El Pago De Aportes Por Empleador. Regimen Contributivo. Conjunto Residencial Flores Iv. Cafesalud. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Empleador
  • Responsabilidad por mora en aportes a EPS
  • Mora en informar terminación del contrato laboral a EPS
Accion De Tutela Contra Particulares
  • Casos en que procede por existir indefensión
Derecho A La Seguridad Social
  • Mora del empleador en pago de aportes de salud
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido el 12 de diciembre de 2001, el Juzgado Veintitrés Penal del Circuito de Bogotá. En su lugar TUTELAR los derechos fundamentales a la seguridad social y a la salud de la accionante.
  2. Segundo. ORDENAR al Conjunto Residencial Flores IV, asumir los costos que demande la realización de los exámenes ordenados por el CAFI-CAFESALUD, según la autorización médica de fecha 6 de junio de 2001, expedida a favor de la señora Emperatriz Bustamante Puerto. La presente orden deberá ser cumplida en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de la presente decisión.
  3. Tercero. Por Secretaría, líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.