T-347 de 2011
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Gladis Calero En Representacion De Su Hermano Arnoldo Camacho Calero·Demandado Instituto De Seguros Sociales, Seccional Valle
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reconocimiento a persona declarada interdicta
- Cuando una persona tiene derecho y depende de ella para garantizar
- Caso en que se presenta dilación en la respuesta y ésta no es congruente
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Petición, seguridad social, dignidad, mínimo vital.
La accionante presenta la tutela a favor de su hermano, quien es una persona que tiene demencia, sordomudez y estrabismo congénitos de carácter permanente.
Refiere que solicitó al ISS el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes a favor de su hermano por ser hijo del señor Hernando Camacho, quien había muerto en 1971 y le había dejado dicha pensión a su cónyuge, quien también falleció en el año 2003.
El instituto le negó la petición por no existir prueba que demostrara la filiación entre su hermano y el señor Camacho y con fundamento en dicha respuesta, se inició un proceso de filiación en el cual se declaró que su hermano era efectivamente hijo extramatrimonial del señor Hernando Camacho.
Con esta declaratoria, la actora elevó tres derechos de petición al ISS para solicitar de nuevo el reconocimiento y pago de la pensión para su hermano, sin que le resolvieran de fondo la solicitud.
En la resolución del caso se concede el amparo invocado y se ordena al ISS reconocer y pagar la pensión de sobrevivientes a favor del agenciado, cancelando las mesadas pensionales con retroactividad, desde el 5 de noviembre de 2009.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo de unica instancia del Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito de Palmira del seis (6) de septiembre de dos mil diez (2010), mediante el cual se nego el amparo; y en su lugar, CONCEDER el amparo definitivo del derecho fundamental al minimo vital Arnoldo Camacho Calero, declarado interdicto por incapacidad mental a traves de sentencia judicial, hijo del afiliado fallecido Hernando Camacho.
- Segundo. DEJAR SIN EFECTO la resolucion No. 06996 de dos mil cinco (2005) del ISS, por medio de la cual se niega el reconocimiento de la pension de sobrevivientes a Arnoldo Camacho Calero, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.
- Tercero. Como consecuencia de lo anterior, ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales (ISS) que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta providencia, si aun no lo hubiere hecho, le reconozca y pague a Arnoldo Camacho Calero, la pension de sobrevivientes a que tiene derecho, y le cancele las mesadas pensionales desde el cinco (5) de noviembre de dos mil nueve (2009).
- Cuarto. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.