Micelio
Sentencia de Tutela17 de junio de 1996

T-315 de 1996

Ponente Jorge Arango Mejía

Demandante Gilberto Salazar Ramirez

Tema · dato duro
Reajuste De La Mesada Pensional De Congresista. Reintegro De Sumas. Fondo De Prevision Social Del Congreso. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Pension De Jubilacion
  • Revocatoria reajuste fondo del Congreso
Revocacion Directa De Acto Administrativo Particular Y Concreto
  • Consentimiento expreso y escrito del titular
  • Procedencia de tutela
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCASE la sentencia proferida por la Seccion Segunda de lo contencioso administrativo del Consejo de Estado, del nueve (9) de febrero de mil novecientos noventa y seis (1996). En su lugar, CONFIRMASE PARCIALMENTE la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Antioquia, en lo que no pugne con el ordinal
  2. segundo. de la parte resolutiva de este fallo.
  3. Segundo. ORDENASE al Fondo de Prevision Social del Congreso de la Republica abstenerse de iniciar en contra del doctor Gilberto Salazar Ramirez, cualquier accion ejecutiva para obtener el reintegro de las sumas que, por concepto de mesada pensional, se dice han sido pagadas de mas. Ordenasele, ademas, continuar con el pago de la pension, con el ajuste reconocido en enero de 1994, mientras la jurisdiccion de lo contencioso administrativo no decida lo contrario, si se presenta la demanda de que trata la parte motiva de este fallo.
  4. En consecuencia, REVOCANSE las ordenes contenidas en el fallo del Tribunal Administrativo de Antioquia.
  5. Tercero. COMUNICAR esta providencia a la Seccion Segunda del Tribunal Administrativo de Antioquia, para los efectos contemplados en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.