Micelio
Sentencia de Tutela29 de marzo de 1996

T-134 de 1996

Ponente Vladimiro Naranjo Mesa

Demandante Manuel Antonio De La Hoz

Tema · dato duro
Der. De Peticion. Recursos Interpuestos En Via Gubernativa. Revocatoria Directa. Rec. Y Pago De Pension De Jubilacion. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho De Peticion
  • Procedencia respecto de revocatoria directa
  • Pronta resolución
  • Desarrollo
  • Procedencia frente a recursos en vía gubernativa
Informes En Tutela
  • Actividad probatoria del juez
2 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
  2. Sexto. Laboral del Circuito de Santafé de Bogotá el veintiséis (26) de octubre de mil novecientos noventa y cinco (1995), al resolver sobre la acción de tutela instaurada por Manuel Antonio de la Hoz Sánchez, y las sentencias dictadas por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca el tres (3) de noviembre del mismo año, al decidir las acciones de tutela presentadas por Alina del Carmen Baquero Montes y María Gilma Londoño Franco.
  3. SEGUNDO. CONCEDER la tutela del derecho fundamental de petición a Manuel Antonio de la Hoz Sánchez, Alina del Carmen Baquero Montes y María Gilma Londoño Franco, en consecuencia, SE ORDENA a la Caja Nacional de Previsión Social resolver, en el improrrogable término de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación de esta sentencia, las peticiones presentadas por las personas mencionadas.
  4. TERCERO. LIBRENSE, por Secretaría, las comunicaciones previstas en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991 para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.