T-303 de 2007
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Gloria Amparo Abadia Cordoba Vs. Martha Del Socorro Prieto Rodriguez Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Empleada doméstica que dependía de su salario
- Elementos fácticos que deben demostrarse
- Presupuestos para la procedencia de la acción de tutela
- Protección constitucional especial
- Casos en que procede por existir indefensión
- Estado de indefensión de mujer embarazada
- Subordinación e indefensión
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la proteccion reforzada de la maternidad y al minimo vital de madre e hijo en el caso de persona que laboro como empleada domestica al servicio de los accionados que no la afiliaron al sistema de seguridad social y al enterarse de su estado de embarazo la despidieron de su cargo sin justa causa y sin que mediara permiso de autoridad competente habiendo presentado demanda para obtener el reconocimiento del fuero de maternidad.solicita se amparen sus derechos.saneamiento de la indebida notificacion de la accion de tutela.accion de tutela contra particulares servicio domestico y procedencia del amparo a la maternidad.
Requisitos facticos para la procedencia de la accion de tutela.concedida.
Se ordena una retribucion y el cubrimiento de los gastos por no haber afiliado a la trabajadora al sistema de seguridad social en salud
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. Levantar la suspension de los terminos, que se habia ordenado en este proceso mediante auto de fecha 15 de enero de 2007.
- Segundo. Confirmar, con las modificaciones expuestas en precedencia, el fallo proferido el 27 de septiembre de 2005 por el Juzgado 55 Civil Municipal de Bogota, en cuanto a tutelar los derechos fundamentales a la proteccion reforzada de la maternidad de la senora Gloria Amparo Abadia Cordoba y al minimo vital de ella y de su hijo menor, debiendo tambien retribuirsele doce (12) semanas con base en el salario que devengaba, lo cual, si aun no se ha hecho, tambien tendran que cubrir, en el termino indicado en la sentencia de instancia, los empleadores Martha del Socorro Prieto Rodriguez e Ivan Dario Pulido Pachon, al no haber afiliado a la trabajadora al sistema de seguridad social en salud.
- Tercero. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.