Micelio
Sentencia de Tutela9 de diciembre de 2008

T-1230 de 2008

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Eliante Cruz Hernandez Mier·Demandado Luisa Hernandez

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Medio De Defensa Judicial
  • Reintegro de mujer despedida por embarazo
Embarazo
  • Protección constitucional
Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Mujer Embarazada
  • Notificación de estado de embarazo a empleador no requiere formalidades especiales
  • Reintegro al cargo y afiliación al Sistema Integral de Seguridad Social en Salud
Mujer Trabajadora Embarazada
  • Reglas de protección
6 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al minimo vital, vida digna y trabajo de ex trabajadora de servicio domestico quien fue desvincula de manera unilateral pese a estar en estado de gravidez. <br>procedencia de la accion de tutela frente a los particulares.

Uno de los eventos que posibilita la viabilidad de la tutela frente a actuaciones de particulares, es la existencia de una relacion de subordinacion entre el sujeto accionante y el accionado, caso que tiene ocurrencia en el asunto bajo examen. <br>proteccion constitucional de las mujeres durante el embarazo y despues del parto.

Fundamento constitucional y legal de la proteccion a la mujer embarazada.

En suma, se distinguieron como constitutivos de este cuerpo normativo protector las siguientes reglas: (i) la restriccion al despido de mujer embarazada o en estado de lactancia, solo remontable con la autorizacion oficial; (ii)el embarazo o la lactancia de la trabajadora como motivo presunto de despido; (iii) indemnizacion y prestaciones especiales. <br>finalmente, se reconocio en la tutela un medio expedito para garantizar la proteccion eficiente de los derechos de la mujer trabajadora en estado de embarazo o lactancia. <br>verificada la satisfaccion de los supuestos facticos precitados, se ordeno a la accionada reintegrar a la accionante. <br>concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
  2. Decimo. Civil del Circuito de Barranquilla, el 10 de marzo de 2008, que a su vez, confirmo la sentencia proferida por el Juzgado
  3. Septimo. Civil Municipal de Barranquilla, el 11 de diciembre de 2007. En su lugar, conceder el amparo a los derechos fundamentales a la estabilidad laboral reforzada y al minimo vital de la demandante y de su hijo menor. En consecuencia, se ordena a la senora Luisa Hernandez que, dentro del termino de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente sentencia, proceda a reintegrar a la senora Eliante Cruz Hernandez Mier como empleada domestica.
  4. SEGUNDO. ORDENAR a la senora Luisa Hernandez. que, dentro del termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas desde la notificacion de esta sentencia, realice las siguientes actuaciones:
  5. a) Afilie a la senora Eliante Cruz Hernandez Mier al Sistema Integral de Seguridad Social en Salud.
  6. b) Pague los gastos en que incurrio la senora Hernandez Mier relacionados con su maternidad y que de no haberse interrumpido la relacion laboral hubiesen sido cubiertos por la E.P.S.
  7. c) Cancele la indemnizacion de que trata el articulo 239 del Codigo Sustantivo del Trabajo y la licencia de maternidad a que la senora Eliante Cruz Hernandez Mier tiene derecho.
  8. TERCERO. Por Secretaria General, librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.