T-272 de 2015
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Dora Hernandez Mendez·Demandado Previsora S.A. Compañia De Seguros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Frente a entidades particulares del sistema financiero y asegurador
- Orden a compañía de seguros reconocer y pagar a miembros del grupo familiar de la accionante, en calidad de beneficiarios, el monto de la indemnización correspondiente a la pérdida total de un taxi
- Naturaleza y características
- Reiteración de jurisprudencia
- Juez debe ser más flexible, en desarrollo del principio de igualdad, aplicando un tratamiento diferencial positivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se atribuye a la Previsora SA la vulneración de los derechos fundamentales de la accionante y de su grupo familiar, por no dar trámite a la solicitud de indemnización por destrucción de automóvil con ocasión de la explosión controlada que hiciera el Ejército Nacional, respecto del taxi perteneciente a su familia, ello con cargo a la póliza de seguro de automóviles que cubre las pérdidas totales o parciales de vehículos a causa de actos de terrorismo cometidos por grupos subversivos.
La negativa se fundamentó en el hecho de haber operado el fenómeno de la prescripción contemplada en el artículo 1081 del Código de Comercio.
Esta decisión la adoptó la entidad, sin contemplar que era una familia víctima de desplazamiento forzado con ocasión de los actos violentos que llevaron a la muerte de uno de sus miembros, situación que la obligó a trasladar su lugar de residencia de la ciudad de Neiva a la de Aguazul, en el Casanare.
Se aborda la siguiente temática: 1º.
La protección especial de la población desplazada y la interpretación de los principios de subsidiariedad e inmediatez cuando se trata de este grupo poblacional. 2º.
La procedencia de la acción de tutela frente a las compañías aseguradoras. 3º.
La naturaleza del contrato de seguros y la prescripción de las acciones derivadas del mismo.
Se TUTELAN los derechos al debido proceso y al mínimo vital.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia dictada en segunda instancia por el Juzgado
- Segundo. Promiscuo de Familia de Yopal, Casanare, el 14 de julio de 2014, que confirmó la decisión adoptada por el Juzgado
- Segundo. Penal Municipal de la misma ciudad, el 3 de junio de 2014, quien en declaró improcedente la solicitud de amparo. En su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales al debido proceso y mínimo vital de la señora Dora Hernández Méndez y su grupo familiar.
- Segundo. ORDENAR a La Previsora SA compañía de seguros que dentro de las cuarenta y ocho horas (48) siguientes a la notificación de esta decisión adelante los trámites necesarios para reconocer y pagar a los miembros del grupo familiar de la señora Dora Hernández Méndez, en calidad de beneficiarios, el monto de la indemnización correspondiente a la pérdida total del taxi de placas VXG 251, dentro de la reclamación 48618.10.70.
- Tercero. Líbrese por la Secretaría General de esta Corporación, la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.