Micelio
Sentencia de Tutela13 de abril de 2007

T-267 de 2007

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante Edilberto Murillo Gallego Vs. Saludcoop Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Incapacidad Laboral
  • Pago por allanamiento a la mora por EPS
Derecho Al Minimo Vital
  • Pago de incapacidad laboral por EPS a celador que fue atropellado y devenga un salario mínimo
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al minimo vital de afiliado que sufrio accidente de transito y fue incapacitado por dos meses pero la entidad se niega a reconocerle la prestacion economica derivada de su incapacidad aduciendo la mora del empleador.solicita se ordene el reconocimiento y pago de la incapacidad.procedencia excepcional de la accion de tutela para el pago de incapacidades laborales.

Allanamiento a la mora en caso de pago de incapacidades laborales.concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 31 de agosto de 2006, por el Juzgado
  2. Cuarto. Civil Municipal de Pereira, que denego el amparo solicitado por el senor Edilberto Murillo Gallego, cuyo derecho fundamental al minimo vital se TUTELA.
  3. En consecuencia, ORDENASE al Gerente de Saludcoop EPS, Regional Risaralda, o quien haga sus veces y si no se ha realizado, que acometa los tramites necesarios para que en el termino maximo de 10 dias habiles siguientes a la notificacion de esta sentencia, pague la licencia de incapacidad cuyo cubrimiento ha reclamado el senor Edilberto Murillo Gallego en esta accion de tutela.
  4. Segundo. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.