Micelio
Sentencia de Tutela19 de abril de 2010

T-261 de 2010

Ponente Juan Carlos Henao Pérez

Demandante Neyla Romero Lizcano·Demandado Empresa Social Del Estado Policarpa Salavarrieta

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Para Solicitar La Aplicacion Del Reten Social
  • Procedencia para garantizar la aplicación de las normas del Retén Social
  • La actora no alegó calidad de prepensionada al momento en que se ordenó la supresión y liquidación de la empresa ni probó la existencia de un perjuicio irremediable
Empleados Supernumerarios
  • Forma de vinculación laboral que constituye una verdadera relación laboral regida por normas de derecho administrativo, que en esencia es temporal
Convencion Colectiva De Trabajo
  • Aplicación a empleados de Empresas Sociales del Estado que fueron creadas en virtud de la escisión del ISS mientras la convención conserve su vigencia
Reten Social
  • Alcance en el tiempo
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Trabajo, mínimo vital, seguridad social.

La accionante alega haber sido despedida por la entidad accionada, sin que ésta hubiese tenido en cuenta que tiene calidad de pre pensionada, solicita se ordene su reintegro al retén social, mientras se liquida la entidad u obtiene su pensión.

La Sala realiza reiteración de jurisprudencia sobre la procedencia de la acción de tutela para garantizar la aplicación de las normas del retén social y su alcance en el tiempo, los empleados supernumerarios, la aplicación de la convención colectiva de trabajo, se encuentra que la actora no alegó su calidad de pre pensionada ante la entidad, dejó pasar dos años para interponer la acción de tutela, no aportó prueba alguna de la existencia de un perjuicio irremediable, por lo tanto se decide no acceder a la protección del amparo invocado.

Niega.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR, por las razones expuestas en esta providencia, la sentencia proferida el 26 de mayo de 2009, por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibague, mediante la cual se revoco el fallo proferido por el Juez
  2. Tercero. Civil del Circuito de Ibague, el 31 de marzo de 2009, y, en consecuencia, se DENEGO el amparo solicitado.
  3. SEGUNDO. LIBRESE por Secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
  4. TERCERO.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.