T-338 de 2008
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Gustavo Adolfo Mejia Vega·Demandado E.S.E. Rafael Uribe Uribe El Liquidacion
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Beneficio no puede extenderse hasta liquidación definitiva de la ESE porque la supresión del cargo y el retiro efectivo se produjo por razones diferentes al proceso liquidatorio
- Finalidad
- Medidas y herramientas de rehabilitación profesional y técnica para quienes resultaran desvinculados de sus cargos
- Trato diferenciado en la aplicación de beneficios de la ley 812 de 2003 a los prepensionados
- Derogatoria de manera tácita de la limitación contenida en la Ley 790 de 2002
- Protección especial de madres cabeza de familia, discapacitados y personas próximas a pensionarse
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la igualdad, trabajo, seguridad social y proteccion especial de las personas de la tercera edad presuntamente conculcados por la accionada por desvincular al actor sin considerar su calidad de beneficiario del reten social.<br>para la fecha en la cual se llevo a cabo el proceso de reestructuracion, el actor tenia 53 años de edad, osea que, de conformidad con la convencion colectiva, le faltaban 3 años para pensionarse.<br>actualmente, la ese accionada esta en liqudacion.<br>los procesos de renovacion de la administracion publica y el limite temporal de la aplicación del reten social para los prepensionados.<br>la corte insistio en que la condicion de prepensionado se adquiere cuando la persona esta proxima a cumplir los requisitos de pension en el termino de liquidacion de la empresa.<br>la reestructuracion y liquidacion de la ese san rafael uribe uribe en el marco del programa de renovacion de la administracion publica.<br>la sala dedicio que, debido a que el actor no hizo efectiva la consolidacion de su derecho en la etapa de reestructuracion de la ese, ahora no le es dado reclamar ese beneficio.
Negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR las sentencias proferidas por el Juzgado 13 Civil del Circuito de Medellin y la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de la misma ciudad, que negaron la tutela presentada por el senor Gustavo Adolfo Mejia Vega contra la E.S.E. Rafael Uribe Uribe en liquidacion, pero por las razones expuestas en esta providencia.
- Segundo. Por Secretaria librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1.991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.