Micelio
Sentencia de Tutela6 de marzo de 2003

T-194 de 2003

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Antonio Jose Pacheco Noguera Y Otros Vs. Ecopetrol Y Otos

Tema · dato duro
Derechos Al Minimo Vital Trabajo Inciertos Y Discutidos. Pago De Acreencias Laborales. Salarios Y Prestaciones. Suspension Contratos De Trabajo Por Labor Contratada. Necesidad De La Prueba. Inmediatez De La Tutela. Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Inmediatez
  • Pago de salarios convencionales por suspensión de contratos de trabajo
  • Término razonable de presentación
Derecho Al Minimo Vital
  • Prueba de la amenaza
  • Falta de prueba
Jurisdiccion Laboral
  • Pago de prestaciones laborales
  • Competencia sobre derechos inciertos y discutibles
Medio De Defensa Judicial
  • Controversia laboral
  • Caducidad
6 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR las sentencias proferidas por el Juzgado
  2. Segundo. Penal del Circuito de Barrancabermeja, el 27 de septiembre de 2002, y el Tribunal Superior de Bucaramanga, Sala Penal, el 19 de noviembre de 2002 dentro del proceso T-683751
  3. SEGUNDO. CONFIRMAR las sentencias proferidas por el Juzgado 2º Promiscuo de Familia de Barrancabermeja, el 16 de septiembre de 2002, y el Tribunal Superior de Bucaramanga, Sala Civil, el 28 de octubre de 2002, dentro del proceso T-676998.
  4. TERCERO. CONFIRMAR las sentencias proferidas por el Juzgado Laboral del Circuito de Barrancabermeja, el 20 de septiembre de 2002, y el Tribunal Superior de Bucaramanga, Sala Laboral, el 13 de noviembre de 2002, dentro del proceso T-678952.
  5. CUARTO. CONFIRMAR las sentencias proferidas por el Juzgado 3º Penal del Circuito de Barrancabermeja, el 19 de septiembre de 2002, y el Tribunal Superior de Bucaramanga, Sala Penal, el 8 de noviembre de 2002, dentro del proceso T-678956.
  6. QUINTO. CONFIRMAR las sentencias proferidas por el Juzgado Laboral del Circuito de Barrancabermeja, el 17 de septiembre de 2002, y el Tribunal Superior de Bucaramanga, Sala Laboral, el 12 de noviembre de 2002, dentro del proceso T-678953.
  7. SEXTO. Para los efectos del artículo 36 del decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hará las notificaciones y tomará las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.