Micelio
Sentencia de Tutela24 de marzo de 1999

T-190 de 1999

Ponente Fabio Morón Díaz

Demandante Fulvia Renteria De Hurtado

Tema · dato duro
Der. A La Vida. Der. A La Vivienda Digna. Deterioro De Vivienda Por Canalizacion De Quebrada. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Vida
  • Inmueble que puede derrumbarse por mala ejecución de obra pública
Medio De Defensa Judicial Ineficaz
  • Mala ejecución de obra pública que deterioró estructura de vivienda amenazando vidas de habitantes
Medio De Defensa Judicial
  • Apreciación por el juez de tutela en relación con los derechos fundamentales
  • Evaluación y calificación por el juez de tutela en cuanto a su eficacia
Derecho A La Vivienda Digna
  • Protección ante mala ejecución de obra pública que afecta un derecho fundamental
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
  2. Tercero. Penal del Circuito de Buenaventura, de fecha 3 de noviembre de 1998.
  3. Segundo. CONCEDER la tutela de los derechos a la vida y vivienda digna de la actora, y de su núcleo familiar y por lo tanto ORDENAR al señor Alcalde del Municipio de Buenaventura, a través de la Secretaría de Obras Públicas, que tome todas las medidas necesarias para que en el término de tres (3) días, se inicien los trabajos de reconstrucción de la vivienda por parte de la empresa DISMOND INGENIEROS LTDA., de acuerdo con el acta de conciliación suscrita por las partes el día 29 de septiembre de 1998. En cumplimiento de la tutela que se concede, el Alcalde del Municipio de Buenaventura ordenará y verificará que, mientras se cumple la reconstrucción mencionada, se reubique adecuadamente a la actora y a su familia, en condiciones que garanticen su bienestar y dignidad, a cargo de la empresa DISMOND INGENIEROS LTDA., dentro de las condiciones y términos establecidos en la misma acta de conciliación.
  4. Tercero. El Juzgado
  5. tercero. Penal del Circuito de Buenaventura vigilará el cumplimiento que se le dé a esta providencia.
  6. Cuarto. LIBRAR por Secretaría las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.