Micelio
Sentencia de Tutela5 de diciembre de 2000

T-1674 de 2000

Ponente Fabio Morón Díaz

Demandante Doris Carrillo Villamizar Y Otros Vs. Iss

Tema · dato duro
Derecho A La Vida Salud Y Seguridad Social. Pago Licencia De Maternidad. El Pago De La Cotizacion Es Indispensable Para Adquirir El Derecho. Concedida Parcialmente..
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Madre Comunitaria
  • Vinculación a régimen subsidiado
Licencia De Maternidad De Madres Comunitarias
  • Improcedencia de pago por vinculación a régimen subsidiado
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. Primero. REVOCAR por las razones aquí expuestas, el fallo proferido por el Juzgado
  2. Primero. Laboral del Circuito de Cúcuta de fecha 6 de junio del 2000, dentro de la acción de tutela interpuesta por Amparo Conde Maldonado (expediente T-354752) contra el I.S.S.
  3. Segundo. REVOCAR por las razones aquí expuestas, el fallo proferido por el Juzgado
  4. Segundo. Penal Municipal de Cúcuta de fecha 31 de mayo del 2000, dentro de la acción de tutela interpuesta por Doris Carrillo Villamizar contra el I.S.S (expediente T-354350).
  5. Tercero. REVOCAR por las razones aquí expuestas, el fallo dictado por el Juzgado
  6. Tercero. Laboral del Circuito de Cúcuta de fecha 30 de mayo del 2000, en cuanto a los derechos fundamentales a la seguridad social y a la especial protección de la maternidad y del recién nacido.
  7. Cuarto. CONCEDER la acción de tutela de los derechos de petición y debido proceso de la peticionaria Luz Mercedes Guevara Villamizar contra el I.S.S. (expediente T-354753). En consecuencia en el término de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente providencia, el I.S.S deberá dar respuesta a los recursos interpuestos el día 1º de diciembre de 1999 contra la Resolución No. 0522 de 12 de noviembre de 1999, atendiendo los efectos materiales de la Ley 509 de 1999.
  8. Quinto. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.