Sentencia de Tutela23 de noviembre de 2000
T-1565 de 2000
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Jose Leonidas Mendoza Toloza Vs. Gobernacion De Santander Y Otro
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Pension De Jubilacion. Expedicion Y Emision Del Bono Pensional. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Via De Hecho
- Se niega pensión por demora en emisión del bono
Bono Pensional
- Demora en emisión afecta derechos fundamentales
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Revocar la sentencia proferida por la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, de fecha veintiocho (28) de agosto del año dos mil (2000), en la acción de tutela presentada por José Leonidas Mendoza Toloza contra la Gobernación de Santander y el Fondo Territorial de Pensiones de Santander. En consecuencia, se concede la tutela pedida.
- Para tal efecto, la Gobernación de Santander y el Fondo Territorial de Pensiones de Santander, si aún no lo hubieren hecho, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia, deberán realizar las operaciones presupuestales para garantizar el pago del bono pensional reconocido, y remitir al Instituto de Seguro Social para el trámite pertinente, a favor del demandante. Las gestiones a realizar no podrán exceder el término perentorio de tres meses.
- Por Secretaría General líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a4
T-671/00Derecho A La Pension De Vejez. Emision Del Bono Pensional. U.I.S. Concedida.T-1294/00Derecho A La Seguridad Social Pension Al Minimo Vital Y Peticion. Concedida.SU.995/99Derecho Al Trabajo. Pago De Acreencias Laborales Docentes Plato Magdalena. Concedida.T-661/97Pago Oportuno Y Cumplido De Cesantias Parciales A Docentes. Indexacion. Concedida.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.