Micelio
Sentencia de Tutela21 de agosto de 2008

T-810 de 2008

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Humberto Nieto Gonzalez·Demandado Compañia De Inversiones De La Flota Mercante S.A. En Liquidacion

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Inexistencia de perjuicio irremediable
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho de peticion, igualdad, seguridad social y minimo vital y movil de extrabajador de la entidad que laboro en dos periodos diferentes y para la fecha de entrada en vigencia de la ley 100 de 1993 no tenia vinculo con la misma, por lo que al solicitar el reconocimiento del bono pensional, este le fue negado bajo el argumento de que para tal efecto debia estar vinculado a la empresa mediante contrato de trabajo.<br>solicita se ordene la expedicion del bono pensional.<br>procedencia excepcional de la accion de tutela para exigir la emision de bonos pensionales.<br>ademas de no estar demostrada la posible ocurrencia de un perjuicio irremediable ni la vulneracion de derechos fundamentales, puede colegirse de la situacion concreta que se analiza, que el actor aun no cumple con los requisitos para acceder a la pension de vejez, por lo que el recurso de amparo constitucional que impetro deviene improcedente.<br>negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DECLARAR IMPROCEDENTE, por la razón expuesta, la acción de tutela instaurada por el señor Humberto Nieto González contra la Flota Mercante Compañía de inversiones de la Flota Mercante S.A. en liquidación; en consecuencia, CONFIRMAR el fallo proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá, el 27 de mayo de 2008.
  2. Segundo. LIBRESE por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines allí establecidos.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.