Micelio
Sentencia de Tutela17 de febrero de 2000

T-136 de 2000

Ponente Carlos Gaviria Díaz

Demandante Claudina Steffens Fernandez

Tema · dato duro
Proteccion Especial De Personas Disminuidas Fisicamente. Enferma De Sida.Vendedora De Chance. Se Ordena Mantenerla En Su Trabajo. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Temeraria
  • Inexistencia por distinto demandado y pretensión
Acción De Tutela
  • Procedencia para definición de responsable de suministrar tratamiento a enfermo de sida previa determinación existencia de relación laboral
  • Determinación existencia de relación laboral para definir responsable de suministrar tratamiento a enfermo de sida
  • Procedencia aún en el caso de contar con acción laboral ordinaria
  • Procedencia por desconocimiento de derecho dentro del marco de la terminación de relación laboral
Deber De Solidaridad Humana
  • Mantenimiento de enfermo de sida en cargo acorde con las condiciones de salud
Derecho Al Minimo Vital De Enfermo De Sida
  • Cancelación de salarios y prestaciones dejados de pagar
Sistema De Seguridad Social En Salud
  • Mantenimiento de vinculación a enfermo de sida
5 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. Primero. REVOCAR los fallos proferidos por el Juzgado
  2. Primero. Penal del Circuito y el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla y, en su lugar, tutelar los derechos fundamentales a la igualdad, a la dignidad, a la no discriminación, al trabajo, a la salud y a la seguridad social de Claudina Steffens Fernández.
  3. Segundo. ORDENAR a las empresas Sidimer Limitada Servicios Integrales de Industria y Mercadeo y Apuestas H Rivero mantener, a la señora Steffens Fernández en su cargo, y permitirle que cumpla con él en un puesto de promoción de apuestas en el que no se vea precisada a caminar durante toda la jornada, cuando su estado de salud no le permita hacerlo.
  4. Lo anterior implica que se conserve a la accionante vinculada al sistema nacional de seguridad social en calidad de aportante, y que sólo en los términos de la parte considerativa de la sentencia SU-256/96, y con la autorización del Juez
  5. Primero. Penal del Circuito, podrán las empresas demandadas poner término a la relación laboral que tienen con la accionante.
  6. Tercero. Ordenar a las firmas mencionadas que, dentro del término de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia, cancelen a la accionante lo que a título de salarios, prestaciones e incapacidades, dejaron de pagarle desde enero de 1999 hasta la fecha, incluyendo en la liquidación de esas sumas la indexación correspondiente.
  7. Cuarto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  8. Comuníquese, notifíquese, cúmplase e
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.