Sentencia de Tutela4 de febrero de 1999
T-059 de 1999
Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz
✓Demandante Oscar Giraldo Lopez Y Otros
✓
Tema · dato duro
Der. A La Dignidad Humana Y A La Libre Expresion. Retiro De Televisor Linea Telefonica Y Sillas A Enfermos De Sida. No Existe Vulneracion De Ders. Fundamentales. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Defensoria Del Pueblo
- Diálogos entre el ISS, el equipo del SIEI y pacientes del programa VIH/SIDA
Establecimiento Hospitalario
- Funcionamiento de la sala de infectología para portadores de VIH/SIDA
- Retiro de enseres
- Visitas generales de grupos de autoapoyo para portadores de VIH/SIDA
Fundacion Vivir Mejor
- Veeduría ciudadana y asesoría a personas portadoras de VIH/SIDA
Acción De Tutela
- Improcedencia por no afectación de derechos fundamentales de persona determinada
Congreso
- Organo de debate político para señalar críticas al esquema de tratamiento adoptado con portadores de VIH/SIDA
Derechos De Las Minorias Marginadas
- Infectados con VIH/SIDA
Juez De Tutela
- Intervención excepcional en relación médico paciente para la protección de derechos fundamentales
7 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (9 puntos)
- En merito de lo expuesto, la Corte Constitucional
- R E S U E L V E:
- Primero. CONFIRMAR, pero por las razones expuestas en esta providencia, la sentencia dictada por la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, el dia 28 de abril de 1998, por medio de la cual se denego la tutela impetrada por el senor Oscar Giraldo Lopez contra el doctor Raul Heli Corral.
- Segundo. REVOCAR la sentencia dictada por el Juzgado
- Octavo. Penal del Circuito de Cali, el dia 20 de mayo de 1998, por medio de la cual se rechazo la tutela impetrada por los senores Justo Damian Naboyan del Castillo y Diego Valencia Morales contra el doctor Raul Heli Corral, y, en su lugar, denegar el amparo solicitado.
- Tercero. REVOCAR la sentencia dictada por el Juzgado Treinta Penal Municipal de Cali, el dia 7 de mayo de 1998, por medio de la cual se declaro improcedente la tutela impetrada por el senor Jairo Suarez Molina contra el doctor Raul Heli Corral, y, en su lugar, denegar el amparo solicitado.
- Cuarto. CONFIRMAR, pero por las razones expuestas en esta providencia, la sentencia dictada por la Sala de Casacion Civil y Agraria de la Corte Suprema de Justicia, el dia 2 de junio de 1998, por medio de la cual se confirmo la sentencia proferida por la Sala Civil de Decision del Tribunal Superior de Cali, el dia 17 de abril de 1998, que habia denegado la tutela impetrada por el senor Denis Honorio Silva Sedano contra el doctor Raul Heli Corral.
- Quinto. Ordenar a la Defensoria del Pueblo de Cali que realice todas las diligencias necesarias para reiniciar un dialogo entre el Instituto de los Seguros Sociales de Cali y el equipo del SIEI, por una parte, y los pacientes del programa de VIH/SIDA y la Fundacion Buen Vivir, por la otra, destinado a analizar los problemas del programa de VIH/SIDA y a buscar conjuntamente soluciones para ellos. La Defensoria tendra tambien como labor la supervision del cumplimiento de los acuerdos a que lleguen las partes mencionadas.
- Sexto. Librense por Secretaria las comunicaciones a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por51
T-527/19Derecho Fundamental A La Salud De Los Menores De Edad Y Derecho A La Educacion De Menores En Situacion De Discapacidad. Obligaciones Del Estado.T-508/19Diagnostico Efectivo Constituye Un Componente Del Derecho Fundamental A La Salud.T-260/17Acceso A Medicamentos, Tratamientos Y Procedimientos Excluidos Del Pos. Reglas.T-239/15Tutela de 2015T-651/14Tutela de 2014T-441/14Tutela de 2014
Ver las 51 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.