Micelio
Sentencia de Tutela23 de febrero de 2006

T-135 de 2006

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Fredy Alexander Quintero Betancourt Vs. Ministerio De Defensa Nacional

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acciones Afirmativas
  • Protección especial a personas disminuidas física o psíquicamente
Derecho A La Salud De Agente De Policia Retirado
  • Suministro prótesis excluida del POS prescrita por médico tratante
  • Disminución de la capacidad laboral en un 98.24%
  • Protección por autoridades militares
Derecho A La Salud
  • Prevalencia del criterio del médico tratante
  • Fundamental por conexidad con la vida digna
  • Realización de procedimientos quirúrgicos excluidos del POS
  • Protección por medio de la acción de tutela
Policia Nacional Y Fuerzas Militares
  • Deber de prestar servicios en salud
Acción De Tutela
  • Procedencia para reconocimiento de prestaciones en salud
Discapacitado Fisico Y Psiquico
  • Protección especial constitucional
Fuerzas Militares Y Policia Nacional
  • Derechos del personal tienen un plus constitucional de protección
  • Régimen especial en materia de salud
Regimen De Seguridad Social De Fuerzas Militares Y Policia Nacional
  • No puede desconocer jurisprudencia constitucional en materia de servicios en salud
  • Servicios en salud a soldados que adquieran enfermedad o lesión a causa de prestación del servicio
9 temas · 16 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la salud en conexidad con la vida la dignidad humana y la integridad personal de exmiembro de la policia nacional que resulto gravemente lesionado en un ataque de grupos al margen de la ley y a quien le fue determinada una disminucion de su capacidad laboral del 98.24% y adecuada una protesis modular con rodilla hidraulica que en razon del desgaste requiere ser reemplazada pero la que le ofrece la institucion no reune las mismas especificaciones y calidades tecnicas.

Solicita se ordene el suministro de una protesis de las mismas calidades y especificaciones de las que le va a se reemplazada.

El derecho a la salud y su proteccion por via de accion de tutela cuando su afectacion se encuentra intimamente ligada al derecho a tener una vida digna.

Proteccion especial del discapacitado en el ordenamiento constitucional.

El deber de las fuerzas militares y de la policia nacional de prestar los servicios de salud.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E L V E:
  3. Primero. REVOCAR los fallos proferidos por la Sección Cuarta del Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, el 18 de agosto de 2005, y por el Tribunal Contencioso Administrativo de Norte de Santander, el 3 de mayo de 2005, dentro de la acción de tutela promovida por el señor Fredy Alexander Quintero Betancourt contra el Ministerio de Defensa Nacional -Policía Nacional- Dirección de Sanidad, que denegaron la tutela de la referencia.
  4. Segundo. CONCEDER la tutela de los derechos constitucionales a salud del accionante en conexidad con la vida, la dignidad humana y la integridad personal del señor Fredy Alexander Quintero Betancourt y, por tanto, ORDENAR al Ministerio de Defensa Nacional -Policía Nacional- Dirección de Sanidad que en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de esta sentencia proceda a suministrar la prótesis de reemplazo que requiere el actor teniendo en cuenta las especificaciones de la que usa actualmente y la valoración médica realizada por el fisiatra, Doctor Omar Javier Albarracin.
  5. Tercero. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.